Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por el abogado LUIS ENRIQUE MILANO AGREDA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JULIETA JOSEFINA FIGUERA MONTES, contra el ciudadano DOUGLAS ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ, asistido del abogado NESTOR MARTINEZ, ambas partes identificadas en autos.-
Se condena a la parte actora en costas ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-