Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR, la demanda de Cumplimiento de Contrato, incoada por el abogado JOSE MIGUEL AGUILERA RIVAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Eudorina Brito de Larez, contra la ciudadana Rosa Cristina Estaba, representada por su apoderado judicial Luís Felipe Leal T., ambas partes identificadas en autos.
Se condena en costas a la demandante, por resultar totalmente vencida en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-