En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: WILMER ALEXANDER GÓMEZ y DIANNY MILEYDI BALÁN GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 13.730.167 y V- 15.894.059, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ELEAZAR ANTONIO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 155.429 y de este domicilio, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha: 22 de Noviembre del año 2004.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Copia .....