Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por la Ciudadana SIOLYS ELEZABETH GARCIA DE LEON, asistida por el Abogado en ejercicio Luis Felipe Leal Totesaut inscrito en el Inpreabogado con el N° 28.555 y representada luego por el Abogado en ejercicio Manuel Milano Agreda inscrito en el Inpreabogado con el N° 91.312, contra la ciudadana ALCALA DE LOS SANTOS CRUZ MARLENE, asistida del abogado EDUARDO JOSE GUERRA RIGUAL, ambas partes identificadas en autos.Se condena en costas a la parte actora por resultar totalmente vencida en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-