En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: FÉLIX JOSÉ BARRIOS LEÓN y YOHANNA DEL CARMEN MARTÍNEZ MARÍN, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 15.064.431 y V- 17.779.089, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio SUBDELYS BRAVO VILLARROEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.114 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha: 15 de Octubre del año 2004.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Cop.....