CUARTO: Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por el Abogado en ejercicio JOSE MIGUEL AGUILERA RIVAS, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS RAUL AGUILERA SOSA y CAROL SOFIA AGUILERA SOSA, contra el ciudadano FRANCISCO VALERIANO RODRIGUEZ, ambas partes identificados en autos.-
En consecuencia, se condena al ciudadano FRANCISCO VALERIANO RODRIGUEZ, a desalojar el inmueble, ubicado en el Conjunto Residencial Tío Pedro, Bloque 02, Piso 05, Apartamento 5C Jurisdicción de la Parroquia Santa Teresa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre.-