Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de Desalojo, incoada por los abogados Cruz Mercedes Velásquez y Jacinto José Romero Luna, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Jesús Fernando Salazar Rojas, contra el ciudadano Gilberto José Montaggioni Jiménez, representado judicialmente por los abogados Ángel Jesús Marcano Gutiérrez y Ángel Guillermo Marcano Méndez, ambas partes identificadas en autos.-
En consecuencia se condena a la parte demandada ciudadano GILBERTO JOSÉ MONTAGGIONI JIMENEZ, a desalojar el inmueble, ubicado en la calle Libertad, signado con el Nº 232, jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, sin plazo alguno, libre de personas y bienes. Igualmente se condena a la parte demandada a c.....