Este Tribunal en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado, para que en su debida oportunidad sea remitido el Registro Principal del Estado Sucre, a los fines de su archivo y cuido.