En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento incoada por la ciudadana YULEIDI MARIA VALDERRAMA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, educadora, titular de las Cédula de Identidad N° V-15.787.314 y domiciliada en La Parima, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; en consecuencia donde aparecía CLARITZA GONZALEZ DE VALDERRAMA, debe colocarse CLARISA MARIA GONZALEZ DE VALDERRAMA, siendo esto lo correcto. En consecuencia, remítase por medio de oficio copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión, al Registro Principal del Estado Sucre y al Registrador Civil del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, para que conforme a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se est.....