En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento incoada por la ciudadana PETRA DEL VALLE FIGUERA SILVA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de las Cédula de Identidad N° V-12.888.898 y domiciliada en La población de El Indio, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, en consecuencia donde aparece el nombre de PETRA DEL VALLE, debe colocarse PETRA DEL VALLE FIGUERA SILVA, siendo esto lo correcto; donde aparece CARMEN JOSEFINA SILVA DE GUERRA, debe colocarse FACUNDA JOSEFINA SILVA DE FIGUERA, siendo esto lo correcto; donde aparece MERARDO GUERRA, debe colocarse MEDARDO ANTONIO FIGUERA MONTES, siendo esto lo correcto. En consecuencia, remítase por medio de oficio copias certificadas de la solicitud y.....