Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la demanda intentada por SEPTTIMIO SARDELLA MANFREDI contra JOAO DE JESÚS GONCALVES, por LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO constituido por el local comercial, ubicado en el Edificio Marianna, calle Cancamure cruce con avenida Arismendi, sector Las Cuatro esquinas, identificado con el N° 3, en jurisdicción de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre.