DECISIÓN
En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Fijación de obligación de Manutención, intentara la ciudadana FRANCI CAROLINA CARABALLO RONDÓN en su condición de madre de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX contra el ciudadano GERSON DAVID GIL FAJARDO, en consecuencia deberá imperativamente cumplir como aporte de Obligación de Manutención para contribuir a la satisfacción de las necesidades de su hija ante identificado con lo siguiente:
PRIMERO: El Progenitor ciudadano GERSON DAVID GIL FAJARDO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.317.289, deberá aportar a contribuir a la cobertura de la Obligación de Manutención de su hija, el e.....