Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: OMISSIS; a quien se le inició investigación con ocasión de Denuncia Común, de fecha 04 de septiembre del 2007, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, como lo es HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 Ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana OMISSIS;