Por las razones antes expuestas Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Se Decreta la LIBERTAD PLENA del adolescente; OMISSIS, por no existir elementos serios de convicción que lo hagan participe o responsable de los hechos investigados, en consecuencia se ordena su inmediata libertad desde la sede de esta Sala de Audiencia, así mismo se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, en su oportunidad legal, a los fines de que se continué con la investigación correspondiente. Se deja constancia de que con la firma del acta, las partes quedaron debidamente notificadas en sala, para efectos de los recursos correspondientes.