En atención a los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República, por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Acuerdo Conciliatorio, al cual llegaron las partes; por un lado el Adolescente: OMISSIS, en su condición de imputado y por el otro las niñas: OMISSIS 1 y OMISSIS 2, en su carácter de víctima, a través de sus representantes legales ciudadanas: Glendy del Valle Natera González y Mariela Del Carmen Salazar González, durante la celebración de la Audiencia de Conciliación, con la anuencia del Fiscal Sexto (encargado) del Ministerio Público, Abg. JOSÉ ANTONIO FRAGA y de la Defensora Privada Abg. ANAÍS CARMEN MARCANO GUEVARA, presentes en la sala; en consecuencia se Suspende el Proceso a Prueba por el lapso de SEIS (06) meses, de conformidad con lo previsto en el articulo 566 (encabezamiento), de la Ley Orgánica .....