Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA la solicitud de ORDEN DE APREHENSIÓN contra el adolescente OMISSIS, por existir elementos para estimar cumplidos los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 628, Parágrafo Segundo, Literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio del ciudadano ISDUL DEL JESÚS GONZÁLEZ NORIEGA. En consecuencia ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Estadal Carúpano.