En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal Primero de Control actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara
a): Con lugar la solicitud de Detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar, presentada por la fiscalía de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, del adolescente OMISSIS; por el delito de VIOLACIÓN Previsto y sancionado el el articulo 375 numeral 1 del Código Penal, en consecuencia se ordena librar boleta detención y su remisión mediante oficio al Comandante de policía de ésta ciudad..
b) Con lugar la solicitud de Evaluación Psicológica, Social y seminal (con la presencia de la Fiscal y defensa) solicitada por la Defensa, en consecuencia líbrese Oficio a las Lic. Haydee Carolina Hernández, Griselda Lunar para la respectiva evaluación y al Comisario del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalí.....