Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, Otorgar: La Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en Destacamento de Trabajo, al Penado: Luís Javier González Barrios, venezolano, natural de Carúpano, de 22 años de edad, estado civil: soltero, nacido en fecha 20-06-87, titular de la cédula de identidad Nº V-19.708.353, ocupación u oficio: Obrero, hijo de Ángel Rafael González y Belkis González y residenciado en el Versalles, casa S/N, Frente al Liceo Tavera Acosta, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, quien fue condenado a cumplir la pena de Quince (15) años de prisión, por la comisión del delito.....