Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 30 de Enero de 2013, por el Tribunal Primero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a NABIL ANTONIO MATA MATA, Venezolano, de 19 años de edad, soltero, nacido en fecha 09/09/1993, Natural del Carúpano, estado Sucre, y titular de la Cédula de identidad Nº 25.479.121, de profesión u oficio: obrero en la posada Caroni , hijo de Ysidra Mata y Prospero Gómez, Domiciliado: Playa Grande, Sector Boca de Lobo, calle N° 04, casa sin numero, Carúpano, Municipio Bermúdez, al lado del estadium Gonzalo Márquez del Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICE,.....