Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 25 de Marzo de 2013, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a RICHARD ANDREWS RIBULLEN RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.883.926, de 31 años de edad, nacido en fecha 12-06-81, natural de Caracas, Distrito Capital, de profesión u oficio Panadero, hijo de Eloy José Rebullen quijada y Laura Isabel Rivas, domiciliado en Río Caribe, calle la Marina Casa Nº 10, (Las Guerrilla), Municipio Arismendi del Estado Sucre, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el .....