Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 15 de Julio de 2013, por el Tribunal Primero de Juicio, mediante la cual se condenó a GERINO JOSE LATTAN, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria de la Costa, de 21 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.201.546, de oficio Pescador, nacido el 02-10-1990, hijo de Neris del Valle Lattan y padre desconocido, domiciliado en: Guiria, La Antena, Casa Nº 82, casa de la señora Carmen, cerca del puentecito de hierro, Guiria, Estado Sucre, a cumplir la Pena de OCHO (08) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION mas las accesorias de.....