Por los razonamientos y consideraciones de hecho y de derecho expuestos como han sido en perfecta armonia , este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA , la sustitución de la medida solicitada por el Defensor Privado Penal, en favor del acusado AGRISPINO RAFAEL MARTINEZ, , ya identificado en las actas procesales que conforman el presente asunto. Notifiquese a las partes de la presente decisión