CONDENAR al acusado Manuel Adolfo Suniaga Cedeño, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.541.901, nacido en fecha en 29-08-1991, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo Clerida Cedeño y Luís Adolfo Suniaga, y domiciliado en el Caserío Guarapiche, Sector Vuelta Larga, Calle Principal, Casa S/N, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a una definitiva de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, por Motivos Fútiles e Innobles, en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° en relación con el artículo 84 numeral 2 ambos del Código Penal. SEGUNDO: A los acusados Argenis Jesús Yánez Santamaría, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.539.163, nacido en fecha 23-10-1993, de 19 años de edad, de estado civil s.....