este Tribunal segundo de Juicio del Circuito Judicial penal del estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA INTERRUMPIDO EL JUICIO ORAL Y PUBLICO,, seguido al acusados NIXON ENRIQUE GARCIA Y MARCOS ANTONIO SANCHEZ SERRANO, (identificado plenamente en autos) por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento y Ultimo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, ello de conformidad con lo establecido en el Articulo 337 del Código orgánico procesal penal, afectando de esta manera la concentración y continuidad del proceso penal, SIENDO NECESARIO LA CELEBRACIÓN DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y PUBLICO.