Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, constituido como Tribunal Mixto con Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por Consenso de todos sus miembros, CONDENA al acusado ADRIAN JOSE JIMENEZ MARCANO, quién es venezolano, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 12.465.448, nacido en fecha 14-11-76, de oficio obrero, soltero, hijo de Evencio Jiménez y de Omaira Marcano, domiciliado en la calle Sucre, casa 64 de Irapa, Estado Sucre , a cumplir la pena principal de DOCE AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal. Asimismo como penas accesorias se impone las siguientes: Interdicción Civil, durante el tiempo de la pena; Inhabilitación Política, mientra.....