Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Prórroga solicitada por la Representación Fiscal, al Imputado Jamil Guillermo González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.711.999, de oficio indefinido, domiciliado Guayaberos, Casa sin numero, casa de su de su tía Marlene González, Municipio Arismendi, Estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código penal Venezolano, por el lapso de 15 días continuos, contados a partir del día 25 de Octubre hasta el 04 de Noviembre del 2007, ambos inclusive; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del COPP,