DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado VICTOR JAVIER RAMIREZ ROA, venezolano, titular de la cedula de identidad 11.500.173, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de: Victoriano Ramírez y Carmen Marina Roa y residenciado en: 1. Detrás del Hospital Funda Hosta, Tariba San Cristóbal, 2. Palmira, Sector Pueblo Chiquito, casa B-12, Estado Táchira, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 236 en sus tres ordinales, 237 y el artículo 238 dispone el peligro de obstaculización a la verdad, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artic.....