Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados Guillermo José Bravo, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 11.281.984, nacido en fecha 13-02-1970, Profesión Guardia Nacional Adscrito a la Tercera Compañía destacamento 78, hijo de Guillermo Salazar y Candida Antonia Bravo y Domiciliado Calle Quebrada Honda Sector Suniaga de Carúpano Estado Sucre; Hernán José Tenia, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 13.074.859, nacido en fecha 30-03-1977, Profesión Guardia nacional de la Tercera compañía Destacamento 78 de Guiria estado Sucre, hijo de Hernán Malave y Deyanira Tenias y Domiciliado Calle Principal de valle nuevo de San Martín.....