Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA, al ciudadano Manuel David Tremaria, venezolano, mayor de edad, soltero, de oficio Albañil, titular de la cédula de identidad Nº V 5.873.910, nacido el 28-10-61, edad 44 años, hijo de Angela Tremaria y Emiliano Gamboa , residenciado en Hato Romar I, casa n° 14 de Playa Grande Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de Dos (2) Años y Seis Meses de Prisión, por la comisión del delito de Aprovechamiento de cosas provenientes de delito, previsto y sancionado en el articulo 470, 1° Aparte del Código Penal Venezolano en perjuicio los Ciudadanos Carlos Jesús Gamero, y Antonio Valderrama. Asimismo para el condenado a tenor de lo dispuesto en el articulo 16 del Código Penal, se imponen como penas accesorias las siguientes: 1......