Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano LUIS ANIBAL MARCANO SUBERO, venezolano, natural de Carúpano, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.913.597, nacido el 14-05-66, de estado civil casado, hijo de Francisco Marcano y Victorina de Marcano ( fallecida), profesión u oficio: agricultor, residenciado en: Guiria, sector Guarama Arriba, cerca de la Iglesia Catolica, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal, en relación con el primer aparte del Artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 358.....