Es por lo que en consecuencia éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano ,Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión del Proceso por el lapso de Un (1 ) año, debiendo cumplir los acusados con las condiciones impuestas. Se líbró oficio al Prefecto del Municipio Benítez..
La Jueza Cuarta de Control
Abg. Lourdes María Salazar
La Secretaria
Abg. Maria M Acosta