Por todo lo antes expuesto, Este tribunal Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, LA ENTREGA DE LA EMBARCACIÓN SAMANTANIE III, al solicitante Ciudadano: VIJAY SINGH, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 22.586.647.Matriculado por la Capitanía de puerto de Guiria, bajo las siglas alfanuméricas ARSI-3512, ,en su Carácter de DE PROPIETARIO DE LA EMBARCACION; asistido por la Abogado Yarismildy Del Valle Pacheco, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese Oficio acordando la entrega de la EMBARCACION ", El cual se encuentra Anclado en la Capitanía Internacional de Guiria. Municipio Valdez del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal penal. Se Acuerda remitir el presente asunto a la fiscalia Tercera del .....