DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso seguido al ciudadano Víctor José Duarte Farias, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.419.639, nacido en fecha 11-01-1973, de 43 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Víctor Duarte y Aracelis Farias, y residenciado en el Barrio Rómulo Gallegos, Casa Nº 07-36, Carrera 8, Lecherías, frente al Estadio de Lecherías, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de Lesiones Personales Culposas, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Héctor Rodolfo Bello .....