Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de: ESTEBAN JOSE LÓPEZ COVA, venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14. 580.765, residenciado en la Avenida San Antonio, casa N° 17, Guiria, estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 320 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; por cuanto no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento de persona alguna, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal......