Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la libertad sin restricciones del Ciudadano José Gregorio Agreda López, venezolano, natural de Rio Caribe, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 30-08-1986, titular de la cedula de identidad N° 18.414.152, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, residenciado en el barrio Guasdualito Sector la Gloria de Riocaribe, casa S/N, en la casa donde venden Pollos, hijo de Juana Sobeida López y José Gregorio Agreda y Jhon Douglas Salazar Guilarte, venezolano, natural de Rió Caribe, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 10-03-1984, titular de la cedula de identidad N° 25.557.455, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Calle la gloria, casa N° 15, en Rio Caribe, estado Sucre, hijo de Yaritza Salazar Guilarte y Jesús Del .....