En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos MARCOS GONZALEZ, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 9.542.405, Y PEDRO ANTONIO GONZALEZ, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 19.331.860, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MIRNA DIAZ, quien en es venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 9.642.253, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento p.....