este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, a los fines que presente su respectivo acto conclusivo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código Orgánico Procesal Penal.