resulta procedente en el presente caso, Admitir , como en efecto se admite la acción de Habeas Corpus interpuesta por la defensora auxiliar de la Defensoría delegada del Pueblo del Estado Sucre, adscrita a la ciudad de Carúpano, y en atención a su petitorio acuerda: Oficiar al comandante de Policía del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, Sub Comisario Marcial Velásquez, para que informe en un plazo no mayor de 24 Horas a este despacho: Lo relativo al rol de Guardias del día 28 de Marzo del año en curso, así como lo relativo al procedimiento u operativo llevado a cabo por los funcionarios Jesús Pastrano y Miguel Malavé, en el cual resultaron detenidos los ciudadanos Jesús Manuel Longart, Miguel Angel León y Jhonatan Sanabria, con remisión de las actas respectivas así como información detallada respecto al sitio de reclusión dentro del comando y hora u horas de permanencia en el mismo, así como si Jesús Manuel Longart quedó detenido en dicho comando y a la orden de quien, o s.....