DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano SIMÓN DEL VALLE REINOZA TOUSENT, venezolano, natural de Guiria, estado Sucre, de 36 años de edad, estado civil: soltero, indocumentado, de profesión u oficio: obrero, nacido en fecha 24-06-1978, hijo de Pedro Toussaint y Luisa Reinosa y domiciliado en: Calle Paria, casa S/N cerca de la ferretería de Marcelino Moya, frente al muelle, Guiria, Municipio Valdez, estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en artículo 453 numeral 4 del Código Penal, en perjuicio del Destacamento de Vigilancia Costera N° 908 Estación de Vigilanc.....