Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la entrega del vehículo Marca Toyota, Modelo Hilux Cabina 4X2 Automatic, Placas 72HBAJ, Clase Rustico, Serial de Carrocería 9FH33UNE928000727, serial de Motor 3RZ-2681884, Año 2002 Tipo Pick-up, Uso carga, a la Empresa Tidewater, C.A. representada por el Abogado Germán Leandro Figuera Arzola, IPSA N° 68.764. Asimismo, fija el plazo de Noventa días, al Ministerio Público a los fines de que el mismo presente el acto conclusivo a que hubiere lugar.- Cúmplase