Decreta el CESE DE LA SANCION de libertad asistida impuesta al SANCIONADO XXXXX , por la comisión del delito de: homicidio intencional, homicidio intencional frustrado y lesiones personales menos graves en perjuicio de Jesús Lobatón (occiso), Henry Isasis y Bianney Rengel, EN CONSECUENCIA se acuerda librar boleta de libertad plena, dirigida al SAPINAES, junto con oficio, se ordena notificar de la presente decisión al sancionado de autos, a través de la Dirección del Internado Judicial de Sucre, sitio donde se encuentra recluido a la orden del juzgado primero de control ordinario, según información suministrada por ese Juzgado en fecha 22-02-07 a través del oficio 819-07 y notificar a las partes del cese de la medida. Así mismo se acuerda librar oficio al Juez primero de control ordinario, a fin de informarle que este Juzgado por decisión de esta misma fecha ceso la medida de libertad asistida que cumplía el sancionado FREDDY CALVO, por orden de este tribunal conforme a lo estab.....