Cumaná, 2 de Agosto de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RY01-D-2001-000002
ASUNTO : RY01-D-2001-000002
Previa audiencia realizada en fecha, 26 de Julio de 2005, en la causa seguida al sancionado: XXXXXXXXXXXXXXXX, quien se encuentra plenamente identificado en la actas procesales que conforman la presente causa y por cuanto de la revisión de las mismas éste Tribunal verificó que la Sanción impuesta al sancionado de marras, Cesó. Motivo por el cual fijo la audiencia referida y en presencia de su defensora le impuso de tal circunstancia, siendo ésta la Abg. MILDRED EVELYN GUERRA EDGEHILL, Defensora Pública de la Sección de Adolescentes de éste Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre, sección Adolescentes.
El tribunal le explicó al sancionado que a partir de este momento ya no tiene ninguna causa pendiente ante este despacho y lo insta a no incurrir en nuevos hechos que den lugar a alguna investigación penal, más aún en virtud que ya es mayor de edad. El sancionado mani.....