Este Tribunal de Ejecución del Sistema de Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la mencionada decisión de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646, en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley, en los siguientes términos: PRIMERO: Que el Adolescente de autos fue sancionado a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de SEIS (06) MESES. SEGUNDO: Que el sancionado: estuvo detenido desde el 15-05-2002, SEGÚN CONSTA AL FOLIO uNO (01) DE LA PRESENTE CAUSA, y puesto en libertad en fecha 18-05-2002, SEGÚN CONSTA EN EL FOLIO 29, por lo que estuvo detenido CUATRO (04) DÍAS. TERCERO: Que en virtud de lo cu.....