En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXX; quien fue sancionado a cumplir las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, donde se determino que ha cumplido de la medida de libertad asistida nueve (09) meses, aflatándole por cumplir de cuatro (04) meses y veintiún (21) días y de la medida de reglas de conducta, ha cumplido once (11) días de trabajo, le faltaría por Un (01) año, Un (01) mes y diez (10) días. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 48.....