...declara que queda ejecutada en los términos señalados, la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes en contra del ciudadano XXXXXX; por su participación en el delito de Porte ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 272 del Código Penal Vigente, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano; mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de un (1) año, cuya sanción consistirá en la realización de cursos de su interés que coadyuven a adquirir alguna destreza, a los fines de su superación personal y prohibición expresa de portar armas de fuego sin su debida permisología; ejecución que se realiza de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección d.....