Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de la facultades que le confiere el artículo 647, literal H de la LOPNA decreta la CESACION DE LA SANCION impuesta al ciudadano xxxxxxxxx: en consecuencia se ordena fijar audiencia para el día 18-12-06 a las 2;00 pm a los fines de imponer al sancionado de la presente decisión, notificar a las partes.