En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXX, quien debe cumplir con la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, por el delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Noel José Segura Montaño; y del cual se determino que ha cumplido de la medida de libertad asistida hasta el mes de julio 2012, un (01) mes faltándole por cumplir ONCE (11) MESES y en relación a la medida de REGLAS CE CONDUCTA, ha cumplido el 25-06-13 al 17-01-14 (fecha de la constancia) seis (06) mes y veintitrés (23) días y si debe cumplir un (01) año y seis (06) meses, aun le falta por cumplir once (11) meses y siete (.....