Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara con lugar, solicitud presentada por el defensor privado del adolescente en cuanto al cambio de sitio de reclusión del centro de prisión Preventiva Cumana, hasta la residencia de sus padres. Y niega la solicitud de medida humanitaria, de XXXXXXXXXX, quien fue sancionado por los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y los artículos 174, 218 y 416 del Código Penal, delitos cometidos en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXX Y El Estado Venezolano, quien fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES. Acuerda el traslado del adolescente, a la resid.....