decreta la CESACIÓN DE LA SANCIÓN en la presente causa, seguida al sancionado:XXXXXXXX quien cumplía la sanción de privación de libertad por el lapso DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES sanción ésta que se le impuso por la comisión de los delitos de COOPERADOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO en perjuicio de la ciudadana Rosibel Rivas y ROBO AGRAVADO en perjuicio de los ciudadanos Héctor Cova y Amador Rojas, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y artículo 458 del Código Penal., en virtud que se ha producido la extinción de la acción penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la LOPNA, relacionado con el artículo en el artículo 103 del código penal Vigente por remisión expresa del Art. 537 de la LOPNA. Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión y librar oficio a la Dirección del centro socioeducativo Dr. Agustín Ortiz Rodríguez, informando sobre el cese de la sanción por mu.....