Procede a Ejecutar la mencionada decisión de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley, en los siguientes términos: PRIMERO: Que al ciudadano XXXXX fue sancionado a cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (3) AÑOS. SEGUNDO: Que el sancionado XXXXXXX , fue detenido desde el 07-10-2006, hasta el día 05-02-2007, fecha en que se evadió del Centro de prisión preventiva Cumaná, según se informó mediante oficio de esta mima fecha emanado de la jefatura de dicho centro, por lo que cumplió tres meses y veintiocho días privado de la libertad, faltándole por cumplir DOS AÑOS OCHO MESES Y DOS DÍAS de la sanción de privación de libertad que le fue impuesta, cuyo vencimiento se determinará una vez sea capturado el mismo. TERCERO: La sanción impuesta la deberá .....